CALENDARIO ESCOLAR 

En el supuesto de que alguno de los días fijados como fiestas de ámbito local de los
municipios de esta provincia no coincidan con días lectivos, y con el objeto de cumplir con
la totalidad de días lectivos fijados para cada tipo de enseñanza, tendrán la consideración
de días no lectivos los que se indican según las siguientes especificaciones:

Las especificaciones anteriores garantizarán que en todos los centros docentes de la
provincia el mínimo de días lectivos sea de 178 en las enseñanzas de segundo ciclo de
educación infantil, educación primaria y educación especial, y de 175 en el resto de las
enseñanzas (teniendo en cuenta las excepciones recogidas para algunas enseñanzas
previstas en la normativa vigente)